La Comisión Nacional de Valores (CNV) oficializó la Resolución General 1166/2026 en el Boletín Oficial, modificando los procedimientos que deben aplicar los agentes del mercado de capitales para la recepción y entrega de dinero de sus clientes. A partir de esta normativa, el Poder Ejecutivo dispuso que todas las operaciones deberán encauzarse exclusivamente mediante transferencias bancarias o Clave Virtual Uniforme (CVU) de titularidad o cotitularidad del usuario, garantizando la trazabilidad inmediata del capital.
La medida deja sin efecto el esquema previo que permitía el uso de cheques electrónicos para la acreditación o extracción de saldo en cuentas de inversión, buscando evitar rechazos operativos y asegurar la disponibilidad instantánea de los fondos. No obstante, desde el organismo regulador aclararon que la disposición no afecta la negociación habitual de cheques de pago diferido como instrumentos financieros del mercado, sino únicamente la vía de pago e ingreso directo de divisas entre el cliente y el agente.
La regulación alcanzó de forma inmediata a la totalidad de los sujetos obligados registrados ante la CNV a partir de su publicación este martes 15 de septiembre. De este modo, la administración nacional apunta a consolidar un marco de fiscalización sobre el origen y destino de los recursos en el ámbito bursátil.
